Especialistas evalúan la creación de una fórmula supraconstitucional de emergencia como alternativa jurídica ante el agotamiento de los lapsos del interinato y la necesidad de convocar elecciones transparentes
Por Alberto García Sánchez
Nacionales
LA NUEVA ANTORCHA. — Diversos juristas, especialistas en Derecho Constitucional y exmiembros del Tribunal Supremo de Justicia abrieron un riguroso debate sobre la situación jurídica y política de Venezuela tras el vencimiento del lapso correspondiente al régimen interino. La discusión gira en torno a la conveniencia y viabilidad de designar una Junta de Gobierno, propuesta que surge ante el estancamiento político actual y con el objetivo primordial de convocar a un proceso electoral transparente tutelado por un nuevo Consejo Nacional Electoral (CNE).
El agotamiento de los términos de emergencia establecidos en la Carta Magna ha reactivado este delicado debate en el seno de la comunidad jurídica. Desde una perspectiva ortodoxa, el constitucionalismo tradicional sostiene que una figura de esta índole «no procede» por no estar taxativamente contemplada en el texto constitucional, argumentando que representaría un quiebre al principio de legalidad. No obstante, analistas advierten que la llamada «continuidad institucional» no puede convertirse en una fórmula de perpetuación de facto que ignore la erosión de la legitimidad.
Por otra parte, corrientes doctrinales amparadas en el espíritu de los artículos 333 y 350 de la Constitución defienden que el texto constitucional es un organismo vivo orientado a garantizar la soberanía popular. Bajo este enfoque, cuando los canales regulares de renovación del poder se encuentran obstruidos, la conformación de una fórmula de emergencia no solo es defendible, sino necesaria. El propósito de este mecanismo transitorio no sería perpetuarse en el poder, sino restablecer las condiciones políticas indispensables para que la ciudadanía pueda expresarse libremente a través del sufragio.
En el marco histórico nacional, se recuerda que las grandes transiciones políticas rara vez se resuelven bajo lecturas literales del código legal, citando como precedente la Junta de Gobierno —civil y militar— constituida en 1958 tras la caída de Marcos Pérez Jiménez, la cual sentó las bases de la democracia moderna en el país. En tal sentido, los expertos señalan que el verdadero desafío de la propuesta actual no es de carácter técnico-legal, sino de orden fáctico y material.
Los analistas concluyen que para que una iniciativa de esta magnitud sea efectiva y no derive en una mera ilusión legal, se requiere la conjugación de tres factores determinantes: un consenso político interno monolítico, un reconocimiento internacional operativo y el respaldo o neutralización de los factores que ejercen el control territorial del Estado. El consenso general de los especialistas apunta a que la audacia política debe acompañarse de realismo, instando a evaluar esta salida institucional sin fanatismos para garantizar el menor impacto traumático sobre la población.
Postura de juristas y oposición:
Sostienen que se debe convocar de inmediato a elecciones universales y directas al cumplirse el plazo límite de la encargaduría, argumentando una falta absoluta que exige cumplir el mandato constitucional original.
Postura del oficialismo:
Justifican la continuidad administrativa y de medidas excepcionales amparándose en el contexto de emergencia nacional y en las decisiones tomadas desde la Asamblea Nacional.
Discusión sobre reconstrucción institucional: Diversos sectores analizan si el país cuenta con las garantías electorales y el árbitro idóneo para un proceso legítimo antes de un cambio definitivo de rumbo político. [1, 2]
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