Suspende a la abogada María Alejandra Díaz por tiempo indefinido por acción que consideró “temeraria”
Con información de Efecto Cocuyo
Nacionales
LA NUEVA ANTORCHA.- El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró “inadmisible” el recurso de nulidad interpuesto por la abogada constitucionalista María Alejandra Díaz Marín, quien, en nombre del Frente Democrático Popular (FDP), presentó una acción legal por la supuesta «abstención, omisión o carencia» de los resultados de las elecciones presidenciales celebradas el 28 de julio.
La Sala Constitucional del TSJ no solo rechazó la acción de amparo, sino que también decidió suspender a la abogada Díaz Marín, quien en el pasado ejerció como asesora legal del PSUV y fue miembro de la Asamblea Nacional Constituyente. De acuerdo con la sentencia, el proceder de la jurista fue temerario.
Como parte de la sentencia, el TSJ también le impuso una multa a la abogada equivalente a 100 veces el valor de la tasa de cambio más alta del Banco Central de Venezuela (BCV), lo que representa alrededor de 4.651 bolívares, tomando como referencia el valor del euro publicado este martes.
El recurso, que fue presentado también por figuras como el economista Andrés Giuseppe, el dirigente del partido Redes Juan Barreto, y otros activistas del Partido Comunista de Venezuela (PCV), acusaba al CNE de violar la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre). Según la denuncia, “la no publicación de los resultados de las elecciones es una clara violación del artículo 155 de la Lopre y su Reglamento General”.
Además, los miembros del FDP destacaron que la omisión de los resultados también contravenía una sentencia de la Sala Electoral del TSJ, emitida en agosto, que exhortaba al CNE a cumplir con la divulgación del escrutinio. A pesar de estos argumentos, el máximo tribunal venezolano determinó que el recurso no cumplía con los requisitos de admisibilidad

