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El texto será presentado ante el Consejo Nacional de Soberanía y Paz, un paso clave antes de su posible publicación

Con información de El Nacional

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LA NUEVA ANTORCHA.- Nicolás Maduro anunció este viernes 26 de septiembre que el decreto para declarar el estado de conmoción exterior en Venezuela ya está listo y pasará a un proceso de consulta jurídica y social. Aseguró que esta medida, contemplada en la Constitución de 1999 y en la Ley Orgánica sobre Estados de Excepción de 2001, se activaría en caso de una agresión militar externa que ponga en peligro la seguridad nacional.

Afirmó que la Ley orgánica de Seguridad de la Nación desarrolla el pretexto constitucional de que “la defensa integral de la nación es corresponsabilidad de toda la sociedad, de todas las instituciones, de todo el pueblo. Frente a una amenaza, pequeña, mediana, grande, regional o nacional, es obligación de cualquier persona, investida o no de autoridad, proteger la patria frente a un agresor, frente a una amenaza“.

En este sentido, Maduro explicó que el decreto está en fase de revisión y será presentado al Consejo Nacional de Soberanía y Paz para su aprobación. El objetivo es fortalecer la defensa institucional y movilizar al pueblo venezolano ante posibles amenazas.

“Se trata de un instrumento constitucional para defender la soberanía de la nación bolivariana”, afirmó.

La decisión de considerar esta medida surge en un contexto de creciente tensión con Estados Unidos. Washington ha desplegado buques y submarinos en el Caribe, argumentando la lucha contra el narcotráfico, mientras que Caracas denuncia una «agresión» y un cerco naval.

¿Qué es el estado de conmoción exterior?

El estado de conmoción exterior otorga al Ejecutivo facultades extraordinarias para movilizar tropas, restringir derechos civiles y adoptar medidas excepcionales. Sin embargo, la Constitución establece límites, protegiendo derechos fundamentales como la vida, el debido proceso y la libertad personal.

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El decreto debe ser aprobado por la Asamblea Nacional y ratificado por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia para su plena vigencia.