Mar. Sep 15th, 2026

Tal día como hoy nace la primera Constitución de la provincia de Barcelona.

Por Asunción Mota

Opinión

LA NUEVA ANTORCHA.- El día Domingo 12 de Enero del año 1812, se redacta y se aprueba el Código Constitucional de la Provincia de Barcelona, hoy Capital del Estado Anzoátegui.

La Obra más grande del Dr. Francisco Espejo fue, sin duda, la redacción del Código Constitucional del Pueblo Soberano de la provincia de Barcelona.

Esta Constitución puede afirmarse, es una de las más trascendentales de la historia y del derecho constitucional americano. El profundo contenido filosófico de muchas de sus disposiciones, especialmente de aquellas que abarcaron y contemplaron interesantísimos aspectos de la cuestión social, apenas adoptados en el presente siglo por las legislaciones más progresistas, nos demuestra cómo era de amplio el criterio y de avanzado el espíritu de su redactor.

Ahora entendemos las inquietudes de nuestro comandante Hugo Rafael Chávez Frías, cuando insistía que teníamos que reencontrarnos con la historia, porque la historia no es letra muerta, la historia es el vértice de las interpretaciones comparativas, porque es la historia misma la que crea las condiciones fundamentales para cambiar la historia, ya que remontarnos al origen de las cosas, es el camino más seguro para la observancia y analice del presente y focalizar a la vez la dinámica del futuro, con la edificación de una nueva sociedad dentro de los parámetros del socialismo científico del siglo XXI.

La provincia de Barcelona hoy Capital del Estado Anzoátegui, siempre ha estado en la vanguardia de los acontecimientos históricos de la patria. La constitución del Dr, Francisco Espejo, contemplaba en sus 16 títulos, en el título XIII, la figura de los JUECES DE PAZ. Y hoy a los 213 años, el pueblo de Venezuela en el ejercicio de su soberanía, ha elegido a través de una consulta popular, sus Jueces de PAZ.

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Por eso, hoy Venezuela se encuentra ante nuevas realidades y perspectivas, que nos exigen nuevos paradigmas, que nos exigen hacernos nuevos planteamientos, que nos permita refundar de la patria soñada en lo político, social, económico, cultural, científico y tecnológico. Y es el momento preciso y las condiciones están dadas para desarrollar en la práctica la figura de los Jueces de Paz. Enmarcado en nuestra Constitución Bolivariana y las leyes del poder popular para la construcción del nuevo Estado, en el marco de un nuevo Orden Mundial.

Código Constitucional de la Provincia de Barcelona.

I: Derechos de los habitantes de la República de Venezuela.
II: República
III: Ciudadanos
IV: Soberanía
V: Asamblea primaria y sus facultades
VI: Colegios Electorales y sus Facultades
VII: Poder Legislativo
VIII: Poder Ejecutivo
IX: Vice presidente
X: Poder Judicial
XI: Municipalidad
XII: Justicias Mayores
XIII: JUECES DE PAZ
XIV: Cultos
XV: Fuerza Pública
XVI: Hacienda